Sí señores!
La AFIP desde hace ya más de un mes está avanzando en esta dirección.
Con fecha 30/09/2011 salió publicada en el boletín oficial la RG2927 y ahora la RG3220 (entre otras)...
Se establece la cantidad mínima de trabajadores requeridos para distintas actividades.
No es que simplemente la AFIP en uso de sus atribuciones de poder de contralor va a poder decir cuántos trabajadores cada empresa tiene que tener y se va a tener que salir a contratar, sino que va a intervenir indirectamente a través de las cargas sociales declaradas y abonadas.
En sí (en su concepto) la medida es correcta ya que apunta a combatir el trabajo informal.
Lo malo es cómo se instrumenta y los índices mínimos que fija.
Esperemos ver como queda ejecutada esta medida en la realidad... si va a ser una mera medida declarativa, una medida que autoriza mayores controles, o una medida para hacer caja (o para fijar un corralito)... Lo bueno es que en principio parecería ser que estas presunciones admiten prueba en contrario... otro punto para ver cómo se instrumenta y como falla la AFIP
Faltaría que ahora los empresarios tengan que pagar cargas sociales por empleados que no tienen...
Ojo que los autores del blog ven con muy buen ojo que se combata el trabajo informal, pero todas estas medidas lo único que hacen es generar más ruido en el ambiente empresario.
Creemos que contar con más y mejor información, permite tomar mejores decisiones financieras. Nuestro objetivo es brindar un marco para desarrollar y compartir información y herramientas para el mejoramiento de la toma de decisiones de los inversores. Si bien la información se obtiene de fuentes confiables, los administradores del blog no se hacen responsables por las decisiones tomadas por los lectores utilizando la información suministrada.
jueves, 1 de diciembre de 2011
Seguridad Social: Mínima cantidad de Trabajadores para empresas
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